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Ciudadanía italiana por vía materna

Asesoramiento e información acerca de los trámites para la obtención de la Ciudadanía Italiana via trámite judicial.

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Italia

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Atendemos a personas de todo el mundo

Importante: no conseguimos turnos especiales en los consulados.
Nuestros gestores te ayudarán a obtener tu ciudadanía.

Cuanto más detallada sea la descripción de tu caso, mejores herramientas tendremos para asesorarte. La consulta llegará directamente al email de un asesor que analizará el caso y se pondrá en contacto a la mayor brevedad posible.


Ciudadanía italiana por vía materna

Reconocimiento judicial de la ciudadanía italiana transmitida por vía materna

Hasta el año 1948, la mujer italiana que contraía matrimonio con un ciudadano extranjero perdía la ciudadanía italiana; y como consecuencia, sus descendientes no eran considerados italianos. Con la entrada en vigor de la Constitución Italiana, que pone a la par los derechos entre mujeres y hombres, la norma fue cambiada: los hijos de una mujer italiana nacidos en el exterior pueden solicitar la ciudadanía italiana por trámite administrativo. Lamentablemente, la nueva norma no es retroactiva, por lo tanto no se aplica a quien haya nacido antes del 01/01/1948.

En el año 2009, una sentencia de la Corte de Casación declaró que este límite es inconstitucional: esto ha abierto una nueva puerta, permitiendo que centenares de personas obtengan la ciudadanía italiana por vía materna, a través de una causa judicial.

Por vía materna Por vía materna

Nuestra vasta experiencia en estos casos nos permite asistir al cliente en todo el proceso, que se desarrolla en las siguientes fases

1. Búsqueda de documentos necesarios, para ser presentarlos por ante el tribunal de Roma, en los países en donde fueron emitidos; esto le evita al cliente gastos inútiles.

2. Control de la documentación legal para evitar cualquier inconveniente en la fases subsiguientes.

3. Traducción, Juramento y legalizaciones necesarias de la documentación que se va a presentar en el juicio.

4. Presentación de la demanda, audiencias hasta llegar a la sentencia pasada a cosa juzgada, sentencia que declara que la parte demandante es ciudadano italiano.

5. Siendo un Juicio ordinario es obligatoria la asistencia de un abogado inscripto en el colegio de abogados de Italia.

En ninguna de las etapas mencionadas se requiere la presencia física de los interesados en Italia.