Ciudadanía italiana por vía materna
Asesoramiento e información acerca de los trámites para la obtención de la Ciudadanía Italiana via trámite judicial.
Envianos tu consultaAsesoramiento e información acerca de los trámites para la obtención de la Ciudadanía Italiana via trámite judicial.
Envianos tu consultaReconocimiento judicial de la ciudadanía italiana transmitida por vía materna
Hasta el año 1948, la mujer italiana que contraía matrimonio con un ciudadano extranjero perdía
la ciudadanía italiana; y como consecuencia, sus descendientes no eran considerados
italianos. Con la entrada en vigor de la Constitución Italiana, que pone a la par los derechos
entre mujeres y hombres, la norma fue cambiada: los hijos de una mujer italiana nacidos en el exterior
pueden solicitar la ciudadanía italiana por trámite administrativo.
Lamentablemente, la nueva norma no es retroactiva, por lo tanto no se aplica a quien haya nacido
antes del 01/01/1948.
En el año 2009, una sentencia de la Corte de Casación declaró que este límite es inconstitucional:
esto ha abierto una nueva puerta, permitiendo que centenares de personas obtengan la
ciudadanía italiana por vía materna, a través de una causa judicial.
1. Búsqueda de documentos necesarios, para ser presentarlos por ante el tribunal de Roma, en los países en donde fueron emitidos; esto le evita al cliente gastos inútiles.
2. Control de la documentación legal para evitar cualquier inconveniente en la fases subsiguientes.
3. Traducción, Juramento y legalizaciones necesarias de la documentación que se va a presentar en el juicio.
4. Presentación de la demanda, audiencias hasta llegar a la sentencia pasada a cosa juzgada, sentencia que declara que la parte demandante es ciudadano italiano.
5. Siendo un Juicio ordinario es obligatoria la asistencia de un abogado inscripto en el colegio de abogados de Italia.